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Glosario

Covenant financiero

En inglés: Financial Covenant

Compromiso del contrato de crédito por el que un indicador del proyecto debe mantenerse dentro de un límite en ciertas fechas o de forma permanente.

También se busca como: financial covenant, covenant, condición financiera, compromiso financiero, resguardo financiero, obligación financiera del contrato.

Qué es

Un covenant tiene tres piezas: el indicador que se mide (por ejemplo, la relación crédito/valor o la cobertura del servicio de la deuda), el límite y la fecha o frecuencia de medición. El covenant no es el indicador en sí, sino la promesa de mantenerlo dentro del límite. Tampoco es lo mismo que incumplirlo.

Por qué lo mira el banco

Los covenants le permiten detectar a tiempo que el proyecto se aleja de lo aprobado y actuar: frenar desembolsos, retener caja o pedir un plan de corrección. Por eso conviene negociar su redacción antes de firmar.

Un ejemplo

Por ejemplo, en un edificio de 40 departamentos (cifras ilustrativas), el contrato exige que cada trimestre la deuda no supere cierta proporción del avalúo vigente y que el promotor entregue un certificado de cumplimiento. El banco revisa el cálculo con los avalúos y estados de cuenta.

Error habitual

Mezclar en el cálculo del indicador las consecuencias del incumplimiento, o leer el límite sin revisar las definiciones del contrato. Dos contratos pueden usar el mismo nombre de indicador con cálculos distintos.

Términos relacionados

  • Incumplimiento de covenantSituación en la que un indicador que el contrato obliga a cumplir queda fuera del límite pactado. No implica por sí solo el vencimiento del crédito.
  • Relación crédito/valor (LTV)Indicador que muestra qué parte del valor del inmueble o del proyecto representa el crédito. Hay que aclarar qué deuda, qué valor y a qué fecha se mide.
  • Cobertura del servicio de la deuda (DSCR)Indicador que compara la caja disponible de un periodo con lo que hay que pagar de deuda, capital e intereses, en ese periodo. Mide la holgura para pagar.
  • Dispensa del banco (waiver)Autorización escrita con la que el banco acepta no exigir, en un caso y plazo concretos, una condición o las consecuencias de un incumplimiento.